Seguro de
Embarcaciones
De proa a popa y de estribor a babor.
Navegá con la tranquilidad de estar asegurado.
Ahora disfrutá el río sin preocupaciones contratando nuestro seguro de embarcaciones de placer, destinado a cuidar de tu lancha, crucero, velero, moto de agua, piragua, kayak o canoa. Podes elegir entre nuestros tres planes de cobertura según tus necesidades.
» Cobertura opcional para los planes:
Responsabilidad Civil en exceso del valor de la embarcación asegurada.
Nuestros planes
Contamos con tres diferentes tipos de coberturas que se adaptan a tus necesidades y circunstancias.
Se ampara la embarcación por:
Las pérdidas (incluido robo total) y/o daños que sufriera la embarcación asegurada. Y el robo del motor.
Los Daños a terceros, se extiende a: boyas, muelles, malecones, rompe olas, etc., naufragio, tempestad, bordaje, varamiento, choque entre embarcaciónes, buque o aeromóvil, muelle y en general cualquier cuerpo fijo o flotante.
Incendio y/o explosión, e incendio y explosión en guardería.
Las pérdidas por Incendio y/o explosión incluyendo las que ocurran en la guardería náutica o garaje.
Transporte en tráiler.
Robo elementos fijos.
Velas y aparejos están cubiertos hasta un valor máximo del 15% de la Suma Asegurada.
Reposición por rotura de hélice, una sola por año de vigencia.
Gastos de salvamento o remolque, incurridos en combustible. Uso de bengalas debidamente comprobados
y equipo de pesca.
Observación: si la embarcación fuera un velero, se ampara la
rotura de palo.
Se ampara la embarcación por:
Las pérdidas (incluido robo total) y/o daños que sufriera la embarcación asegurada. Y el robo del motor. (excluidos elementos fijos).
Los Daños a terceros, se extiende a: boyas, muelles, malecones, rompe olas, etc., naufragio, tempestad, bordaje, varamiento, choque entre embarcaciónes, buque o aeromóvil, muelle y en general cualquier cuerpo fijo o flotante.
Las pérdidas por incendio y/o explosión (quedan excluidas las pérdidas por incendio y/o explosión en guardería naútica o garaje).
Reposición por rotura de hélice, una sola por año de vigencia.
Gastos de salvamento o remolque, incurridos en combustible. Uso de bengalas debidamente comprobados
y equipo de pesca.
Observación: si la embarcación fuera un velero, se ampara la rotura de palo.
Se ampara la embarcación por:
Las pérdidas totales y/o parciales que sufriera la embarcación asegurada.
Los Daños a terceros, se extiende a: Boyas, muelles, malecones, rompe olas, etc., naufragio, tempestad, bordaje, varamiento, choque contra otra embarcación, buque o aeromóvil, muelle y en general cualquier cuerpo fijo o flotante.
Las perdidas por Incendio y/o explosión (quedan excluidas las perdidas por incendio y/o explosión en guardería náutica o garaje).
Solicitudes y formularios
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cotización.